VALPARAÍSO - VIÑA DEL MAR

Corte de Valparaíso confirma condena por no detener la marcha ni prestar ayuda en accidente tránsito en Reñaca

La Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó recurso de nulidad presentado por la defensa y confirmó la sentencia que condenó a Tomás Vives Viveros a la pena de 4 años de presidio, como autor del delito de no detener la marcha, prestar la ayuda posible y dar cuenta a la autoridad de un accidente de tránsito. Ilícito perpetrado en marzo de 2016, en Reñaca.

En fallo unánime (causa rol 81-2017) la Cuarta Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Julio Miranda, Patricio Martínez y la fiscal judicial Juana Latham– descartó infracción de ley en la sentencia recurrida, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, el 3 de enero pasado.

«Del recurso y de su defensa oral, se desprende que lo que se impugna, en lo que interesa, son los hechos que los sentenciadores dan por establecidos, quienes en uso de sus facultades privativas, determinaron en el considerando décimo de la sentencia que se revisa, que una vez ‘producido el impacto, entre ambos móviles, el imputado continuó su recorrido, sin prestar ayuda a la víctima y sin informar a la autoridad de la í ocurrencia del hecho'», sostiene el fallo.

La resolución agrega que : «(…) teniendo el carácter de inamovibles los hechos fijados en la instancia y adecuándose a estos la calificación jurídica efectuada, al subsumirlos en los incisos 2º y 3º del artículo 196 de la Ley 18.290, normativa que sanciona a quien incumpliere la obligación de detener la marcha, prestar la ayuda posible y dar cuenta a la autoridad de todo accidente en el cual haya intervenido como conductor, y en que se produzca la muerte de alguna persona, cuyo es el caso de autos, los sentenciadores del fondo no han cometido vulneración alguna que pueda reprochárseles por esta vía extraordinaria».

En el fallo de primera instancia, además, Vives Viveros fue condenado a 5 años de presidio efectivo, como autor del delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad con resultado de muerte, multa de 12 unidades tributarias mensuales y accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, dictada por el TOP de Viña del Mar.

Evelyn Hornig

Feminista - Incorrecta - Locutora - Columnista - Mamá ARMY - #GongYoo - #SHAWOL - Instagram @EveHornig - Más sobre KDrama en Instagram @DoramasAmados

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